Nivel de aislamiento acústico que se exige a los cerramientos exteriores según CTE

En el C.T.E. dice lo siguiente sobre el aislamiento acústico en los recintos habitables:

i).- Protección frente al ruido generado en la misma unidad de uso:
El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será  menor que 33 dBA.

ii).- Protección frente al ruido procedente de otras unidades de uso:
El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y cualquier  recinto habitable colindante vertical u horizontalmente con él, que pertenezca a una  unidad de uso diferente no será menor que 45 dBA.

iii).- Protección frente al ruido procedente de zonas comunes:
El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y una zona común, colindante vertical u horizontalmente con él, siempre que no comparta puertas  o ventanas, no será menor que 45 dBA.

Cuando sí las compartan y sean edifi-cios  de uso residencial o sanitario, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas, no será menor que 20 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, del muro no será menor que 50 dBA.

iv).- Protección frente al ruido procedente de recintos de instalaciones y de recintos de actividad:
El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y un recinto  de instalaciones, o un recinto de actividad, colindantes vertical u horizontalmente  con él, no será menor que 45 dBA.

Para leer más : www.soloarquitectura.com/foros/showthread.php?p=759262

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